La Corte Constitucional de Ecuador ratificó este jueves la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de prohibir el uso de teléfonos móviles en los recintos electorales durante la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, a solicitud del Gobierno del presidente y candidato a la reelección, Daniel Noboa. El mandatario se enfrenta a la candidata correísta Luisa González en esta contienda electoral.
La prohibición del uso de teléfonos por Corte Constitucional de Ecuador
El tribunal de garantías de Ecuador desestimó parcialmente la demanda de inconstitucionalidad presentada contra esta disposición. El fallo sostiene que la prohibición es válida únicamente desde el momento en que el elector recibe la papeleta hasta que la deposita en la urna. Esta medida fue implementada por el CNE a petición del Gobierno, después de que Noboa alegara, sin aportar pruebas, que los votantes habían sido amenazados en varias zonas del país por bandas criminales. Estas amenazas habrían consistido en presionar a los votantes para que votaran por González y demostraran su apoyo con una fotografía de su voto tomada con el teléfono móvil.
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Fotografía de archivo de votos sin usar al cierre de la jornada electoral, en Guayaquil (Ecuador). EFE/ Carlos Durán Araújo
Razones para la decisión de la Corte Constitucional
La Corte Constitucional resolvió que la medida, que contempla una multa de hasta 33.000 dólares (aproximadamente 29.850 euros), constituye una garantía para preservar el carácter secreto del voto y asegura la integridad del proceso electoral para todas las organizaciones políticas participantes. La resolución también subraya que esta prohibición no debe entenderse como un requisito ni como una condición adicional para ejercer el derecho al voto, ni como un obstáculo para que el sufragio se ejerza de manera libre y secreta.
Restricciones también para los miembros de las mesas electorales
Aunque el tribunal no evaluó la prohibición que afecta a los miembros de la mesa electoral, quienes no podrán tomar fotografías durante el escrutinio, salvo el presidente de la junta receptora de voto, la demanda de inconstitucionalidad solo hacía referencia a la prohibición de uso de dispositivos electrónicos para los electores durante el sufragio. Sin embargo, el CNE ha dejado en claro que esta restricción tiene como objetivo garantizar un proceso electoral libre de amenazas y manipulaciones externas.
El impacto de las sanciones y multas
Respecto al impacto de las multas y sanciones a quienes incumplan la prohibición, el fallo establece que «los efectos sancionatorios deben observar los principios de legalidad, reserva de ley, proporcionalidad y derecho al debido proceso». El abogado constitucionalista Daniel González Pérez señaló que, bajo estos principios, no se podrá sancionar a quienes no incurran en una infracción explícita, ya que las leyes deben ser claras y no dejar espacio para interpretaciones ambiguas.
Fotografía de archivo que muestra una persona votando en un puesto de votación en Olón (Ecuador). EFE/ Carlos Durán Araújo
Posibles inconvenientes en la aplicación de la medida
El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Guillermo Ortega, ha planteado dudas sobre la medida. Ortega sostiene que, aunque la prohibición de teléfonos en los recintos electorales podría proteger el voto secreto y evitar la manipulación de los votantes por grupos delictivos, su implementación generalizada podría generar complicaciones. Además, subraya que la prohibición de teléfonos en los recintos electorales podría crear una infracción sin un procedimiento claro para aplicarla, lo que podría generar inconvenientes en su ejecución y en la resolución de posibles disputas.
Miembros de mesa cuentan votos al cierre de la jornada electoral este domingo, en Guayaquil (Ecuador). EFE/ Carlos Durán Araújo
Ortega también advirtió que esta restricción podría limitar de manera excesiva el derecho ciudadano a documentar, denunciar y comunicar posibles irregularidades durante la votación, lo cual afectaría la transparencia del proceso electoral. Además, señaló que la norma podría generar cuestionamientos sobre su validez constitucional, especialmente cuando existen normativas constitucionales e internacionales que exigen que las restricciones sean mínimas y proporcionales a los objetivos perseguidos, como la protección del sufragio secreto y la prevención de intimidaciones externas.
Repercusiones en las elecciones presidenciales
Más de 13,7 millones de ecuatorianos están convocados a las urnas el próximo 13 de abril para decidir si reeligirán a Daniel Noboa para un mandato completo (2025-2029) o si optarán por devolver el poder al correísmo, lo que convertiría a Luisa González en la primera mujer en la historia de Ecuador en ganar unas elecciones presidenciales.